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El proyecto de Reformas a la Constitución del Primer Jefe, planteó la restitución o dotación de ejidos a los pueblos mientras se expedía una ley agraria. Por lo que respecta a la propiedad del subsuelo señaló que se podrían poseer explotaciones mineras y petroleras; las empresas fabriles o mercantiles no podrían adquirir o administrar propiedades rústicas mayores a lo estrictamente necesario de acuerdo a su objeto.
Esta propuesta fue considerada insuficiente por los constituyentes. Se formó una Comisión encabezada por Pastor Rouaix y José Natividad Macías, que elaboró una propuesta para resolver de fondo el problema agrario. Contaron con la asesoría de Andrés Molina Enríquez. En el artículo 27, aprobado por unanimidad de 150 votos el 29 de enero de 1917, se estableció que la propiedad originaria de tierras y aguas correspondía a la Nación, así como los bienes del subsuelo. Asimismo, se sentaron las bases para la restitución o dotación de tierras a los pueblos, al incorporar la Ley Agraria del 6 enero como parte del artículo y se reconoció a las comunidades la capacidad para disfrutar comunalmente sus tierras, aguas y bosques.
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