La actividad consultada ya no está vigente, finalizó el: 30 de enero de 2017

27 de enero de 1917: La relación Estado – iglesias

  • PÚBLICO: General
  • INFORMES: (55) 3601 1000 ext. 68391

HORARIOS Y PRECIOS

del 27 al 31 de enero de 2017, 01:00 hrs.

¿DÓNDE?

 Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México (INEHRM)

México, Ciudad de México

RESEÑA

Carranza fue un liberal formado en la tradición juarista. Las Leyes de Reforma habían separado al Estado y la Iglesia, éstas se debían cumplir estrictamente. En el artículo 24, del proyecto de reformas a la Constitución que presentó al Congreso, se reiteraba la libertad religiosa y el culto público al interior de los templos. Asimismo, retomó el artículo 123 de la Constitución de 1857.

Sin embargo, en el Constituyente de 1916-1917, los diputados consideraron necesario ir más allá de las Leyes de Reforma y no se limitaron a ratificar la independencia del Estado y de la Iglesia, sino que establecieron la supremacía del Estado sobre las iglesias. Ambos artículos se aprobaron el 27 de enero de 1917; el 24 por 93 votos a 69; la votación a favor del artículo 130 no fue consignada en actas.


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UBICA EL RECINTO


 Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México (INEHRM)

Francisco I. Madero 1 Col. San Angel, C.P. 1000, Deleg. Alvaro Obregón México, Ciudad de México

    ¿Cómo llegar?


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