14 de agosto de 1918: La Ley Electoral y la calificación de las elecciones

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RESEÑA

El 14 de agosto de 1918, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión discutió el procedimiento que debía seguirse para calificar la elección de los senadores del Distrito Federal. El artículo 98 de la Ley Electoral estableció que la Cámara de Diputados federal debía recibir los expedientes de los distritos electorales y hacer el cómputo de los votos, entregando la credencial al ganador. En caso de empate entre dos candidatos, la Cámara de Diputados extendería su credencial a ambos y sería el Senado el que analizaría y decidiría quién era el vencedor.

Sin embargo, había una laguna en el artículo 98, pues no especificaba qué sucedería cuando no sesionara la Cámara de Diputados y lo hiciera la Comisión Permanente, pues la ley no facultaba expresamente a ésta para hacerlo. Ante esa ambigüedad, se suscitó una fuerte polémica. Se consultó al presidente Venustiano Carranza y se decidió no resolver la calificación de esa elección y que lo hiciera la siguiente legislatura.

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